La huelga no cumplía con los requisitos, siendo que el afectado no solo fue Córpac sino todo el país.
Es evidente que la actual gestión gubernamental adolece en lo laboral de una falta de diálogo y concertación, que nos está llevando día a día a una mayor desconexión entre las reales necesidades de la población y los retos urgentes por cumplir. Una de las muestras de esta desconexión la vivimos en la reciente paralización de los controladores de tránsito aéreo.
Esta huelga afectó a miles de personas y generó cuantiosas pérdidas al país, no solo en lo económico sino también en imagen-país, mostrándonos al mundo como una nación poco confiable y con una conflictividad laboral y social en aumento.
El derecho a la huelga está reconocido constitucionalmente a nivel nacional e internacional (OIT) y su ejercicio debe cumplir una serie de requisitos. No es un derecho absoluto y tampoco puede ejercerse de forma abusiva (abuso del derecho). En el último año, lamentablemente, se están dando una serie de cambios en su ejercicio que flexibilizarían los requisitos, e incluso se estarían asumiendo posiciones que actualmente la Ley no prevé.
Un ejemplo es declarar la procedencia de una huelga, aun cuando la negociación colectiva esté sometida a arbitraje, lo cual es contrario a lo señalado expresamente en el artículo 73 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. Otro ejemplo es sancionar a las empresas por realizar un movimiento o reemplazo interno del personal cuando se está ejecutando una huelga (“esquirolaje interno”) o, establecer la obligación del empleador de no permitir el ingreso a trabajadores que deseen laborar en la huelga, entre otros.
En esa línea, a inicios de abril, el MTPE declaró procedente la huelga de los controladores de tránsito aéreo, actividad esencial, con el aliciente de ejecutarse en los días de mayor afluencia de pasajeros (Semana Santa), con una alta probabilidad de afectar dicho servicio esencial, más aún, si la huelga no cumplía con las condiciones y requisitos, siendo que el afectado no sólo fue la empresa (Córpac) sino todo el país.
Es importante entender que nuestro sistema de relaciones colectivas de trabajo descansa en la negociación entre las partes y también en la búsqueda de soluciones mediante el consenso, siendo la última opción (“última ratio”), la efectivización de la huelga. En este tipo de situaciones, las reglas deben ser cumplidas de manera estricta, para evitar afectar el interés colectivo.
El diálogo acerca a las partes y los acuerdos que nacen de ella tienen una mayor legitimidad, permitiendo una conexión entre los reclamos laborales y el derecho de millones de personas. Por ello, es esencial que las partes laborales siempre prioricen la vía del diálogo y la concertación y así evitemos situaciones similares en el futuro.