Por: Vinatea & Toyama
Boletín Trimestral Consultoría
Marzo 2024
1.
Contar con un adecuado sistema de evaluación del desempeño es de suma importancia para las organizaciones debido a que dicha información permite adoptar decisiones objetivas sobre promociones, incrementos salariales o pago de incentivos o bonos que tengan por objetivo un reconocimiento al buen desempeño. Además, permite también identificar las necesidades de capacitación del personal, así como las dificultades que podrían presentar en el desarrollo de las labores.
Asociada Principal de V&T
2.
En el último año, la Corte Suprema ha resuelto una serie de casos en los que se discute la validez de relaciones de tercerización. Principalmente, dos son los puntos en los que se centra la discusión. Primero, si el contratista era realmente la que dirigía y organizaba la prestación del servicio contratado y, segundo, si la actividad que desarrollaba el contratista podía o no ser válidamente tercerizada.
Al resolver dichos casos, la Corte Suprema determinó que las relaciones de tercerización no eran válidas por las razones analizadas en el siguiente artículo.
3.
El pasado mes de noviembre se publicó la Ley N° 31944. En el plano laboral, esta medida plantea que las empresas privadas o instituciones del Estado que deseen revisar la calificación crediticia de sus candidatos deberán obtener, bajo apercibimiento, el permiso por escrito del postulante en el que se exprese de manera indubitable su conformidad con dicha práctica. Además, prohíbe que la calificación crediticia sea un requisito excluyente o descalificador de la participación de un postulante en cualquier fase de la convocatoria, lo cual se califica en la propuesta de ley como un acto discriminatorio.
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